General
Ejército no puede reclutar para el servicio militar a personas que cursan procesos educativos
14 de Julio de 2014
El Ejército viola derechos fundamentales cuando incorpora y recluta para el servicio militar obligatorio a personas que están cursando un proceso de formación y capacitación en una profesión u oficio de cualquier naturaleza, independientemente de su modalidad o de la institución donde lo realice, siempre y cuando esté debidamente reconocida.
Con esta advertencia, la Corte Constitucional señaló que la interpretación de las normas jurídicas relacionadas con el derecho fundamental a la educación no puede conducir a actuaciones arbitrarias ni discriminatorias que afecten la vigencia de otros derechos constitucionales.
En un fallo de tutela publicado recientemente, el alto tribunal concluyó que a “los jóvenes menores y mayores de edad que al momento de la selección se encuentren adelantando estudios, se les debe aplazar la definición de la situación militar hasta cuando terminen los estudios de pregrado”.
Además, aclaró que quienes, para ese momento, estén adelantando cualquier clase de estudios previos a la formación de pregrado no están en la obligación de cumplir ese deber, lo que no excluye la protección que el Estado le debe dar al proceso de formación educativa que estén realizando.
De esta manera, el alto tribunal amparó los derechos a la educación y al debido proceso de un joven que fue incorporado al servicio militar, a pesar de que adelantaba sus estudios técnicos.
(Corte Constitucional, Sentencia T-774, nov. 7/13, M. P. María Victoria Calle)
Documento disponible para suscriptores de Legismóvil. Solicite un demo.
Opina, Comenta