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Después de 11 meses, Corte publica sentencia inhibitoria sobre reforma a la justicia

Para emitir un pronunciamiento de fondo, los actos sometidos a control deben estar vigentes o, de no estarlo, continuar produciendo efectos o tener la vocación de producirlos.
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04 de Julio de 2014

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La Corte Constitucional publicó el texto definitivo de la sentencia en la que se inhibió de pronunciarse sobre las demandas de inconstitucionalidad contra el Proyecto de Acto Legislativo 007/11S-009/11S-011/11S-012/11S-013/11S-143/11C, que pretendía reformar la Constitución para modificar la administración de justicia.

 

El fallo, publicado 11 meses después de que el alto tribunal lo anunció mediante comunicado de prensa, advierte que para emitir un pronunciamiento de fondo, los actos sometidos a control deben estar vigentes o, de no estarlo, continuar produciendo efectos o tener la vocación de producirlos.

 

En el caso analizado, explicó, el proyecto de reforma había sido archivado por el propio Congreso, sin que hubiera entrado a regir.

 

Trámite del proyecto

Vale la pena recordar que una vez aprobada, la iniciativa se remitió al Presidente de la República, para su promulgación. Sin embargo, el Ejecutivo formuló objeciones, por razones de inconstitucionalidad e inconveniencia.

 

Por esa razón, expidió el Decreto 1351 del 2012, que convocó al Congreso a sesiones extraordinarias, con el fin de que se pronunciara sobre dichas objeciones. Posteriormente, las plenarias del Senado y de la Cámara aprobaron el archivo de la propuesta.

 

Según la Corte, “el archivo definitivo del proyecto de acto legislativo implica que esa preceptiva jamás fue incorporada al ordenamiento jurídico; así no existió, para el caso, un acto reformatorio de la Constitución, ni fue promulgado, lo que inexorablemente conduce a un fallo inhibitorio”.

 

El alto tribunal también resolvió que no hay conflicto de competencia con el Consejo de Estado por la demanda de nulidad formulada contra el Decreto 1351, ya que estas corporaciones hacen parte de jurisdicciones diferentes.

 

Los magistrados Jorge Iván Palacio y Alberto Rojas presentaron salvamentos de voto.

 

(Corte Constitucional, Sentencia C-474, jul. 24/13, M. P. Nilson Pinilla Pinilla)

 

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