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Creg limita costo unitario de restricciones a cobrar a los usuarios

La medida minimiza el impacto que podría tener un alto costo de restricciones para la estabilidad financiera de los comercializadores de energía.
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11 de Noviembre de 2015

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Con el objetivo de minimizar el impacto que podría tener un alto costo de restricciones para la estabilidad financiera de los comercializadores de energía que, en la actualidad, están expuestos a precios de bolsa, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) diseñó un mecanismo para limitar el costo unitario.

 

Así las cosas, determinó que el costo unitario de restricciones, expresado en pesos por kilovatio hora (COP/kWh), que se traslada a la demanda no será superior a 9.9 COP/kWh.

 

Dicho costo no tendrá en cuenta el costo que se le trasladará a demanda bajo el concepto de restricciones que se originará por la aplicación de la Resolución 178 del 2015.

 

Los costos de las restricciones que no se asignen a la demanda en cada mes serán diferidos en tantos meses como sea necesario, para que dicho costo se termine de pagar.

 

El monto del costo que queda pendiente por pagar se actualizará cada mes, utilizando la variación del índice de precios al consumidor (IPC). El primer mes de actualización será noviembre del 2015, tomando el IPC del mes de octubre como fecha base.

 

Esta medida se aplicará para los meses de operación que se facturen por el  Administrador Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) y regirá por seis meses prorrogables o hasta que la CREG lo determine.

 

(Comisión de Regulación de Energía y Gas, Resolución 195, nov. 3/15)

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