General
Crean régimen especial para los territorios indígenas
07 de Octubre de 2014
El presidente Juan Manuel Santos firmó hoy el decreto por el cual se ponen en funcionamiento los territorios indígenas, cuyos miembros asumen la administración de recursos y competencias en materia de salud, educación y agua potable.
'A partir de ahora, los territorios indígenas podrán administrar directamente la asignación especial para resguardos indígenas que está dispuesta en el Sistema General de Participaciones', expresó el mandatario.
Además, agregó, la norma les da a estos pueblos la posibilidad de ejercer el derecho constitucional de autogobernarse a nivel local, “algo que estaba dispuesto en nuestra Carta desde 1991”, precisó.
'Con la firma de este decreto estamos cumpliendo uno de los principales acuerdos que alcanzamos en octubre del año pasado entre el Gobierno Nacional y la Minga indígena', mencionó el mandatario.
Explicó que las comunidades indígenas habían permanecido hasta ahora bajo la tutoría de los alcaldes municipales, y que con esta regulación se reconoce su plena capacidad para asumir las riendas de riendas de sus propios intereses y su desarrollo local.
Los puntos más importantes de la nueva norma son:
- Establece el funcionamiento de los territorios indígenas, a los cuales se les reconoce su condición de organización político administrativa de carácter especial que les permite el ejercicio de las competencias y funciones públicas a través de sus autoridades propias con el Sistema Educativo Indígena Propio, el Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural y el Sistema General de Participaciones, entre otros.
- La aplicación de este decreto es voluntaria, es decir que las comunidades indígenas que no quieran constituirse en territorios indígenas seguirán como hasta ahora.
- Los principios generales de la regulación son: autonomía y libre autodeterminación, identidad cultural, reconocimiento de la diversidad étnica y cultural, territorialidad, unidad, integralidad y universalidad.
- Los artículos referentes a los sistemas de salud y educación consagran el marco general, pero con los ministerios respectivos se reglamentarán las particularidades conforme a los usos y costumbres de cada comunidad.
- El decreto no plantea la unificación de las comunidades. Por el contrario, resalta y protege la diversidad, regulando el marco legal necesario para la administración propia de los sistemas.
Cabe señalar que este decreto, que entró en vigor hoy, pone en funcionamiento los territorios indígenas respecto de la administración de los sistemas propios de dichos pueblos hasta que el Congreso expida la ley de que trata el artículo 329 de la Constitución.
Es oportuno recordar que el Ministerio del Interior publicó en el mes de julio el proyecto de decreto con el cual crearía el régimen especial de funcionamiento para los territorios indígenas.
Para ello, el ministerio planteó funciones, mecanismos de financiación, control y vigilancia, así como medidas para el fortalecimiento de la jurisdicción especial indígena. Dichos proyecto señalaba los casos puntuales en que dichos territorios podrían entrar en funcionamiento.
Además, plateaba la regulación para temas como la delimitación, censo poblacional y capacidad jurídica.
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