General
Corte se inhibe de examinar norma que creó universidad adscrita a la Fiscalía
14 de Febrero de 2014
La Corte Constitucional se inhibió de emitir un pronunciamiento de fondo sobre el literal d) del artículo 1º de la Ley 1654 del 2013, que le dio facultades extraordinarias al Presidente de la República para emitir disposiciones relacionadas con la creación de una universidad adscrita a la Fiscalía General de la Nación.
A juicio del demandante, esta norma vulneraba la autonomía universitaria, al autorizar la creación de una universidad como establecimiento público nacional adscrito al ente investigador. Sin embargo, para la corporación, este cargo carecía de certeza, pues el actor partió de supuestos que no son verificables en el texto demandado.
La Procuraduría General de la Nación había pedido la exequibilidad de la norma. Según el Ministerio Público, las facultades extraordinarias conferidas al Presidente están sustentadas en el artículo 69 de la Constitución, que salvaguarda el principio de autonomía universitaria.
En su concepto, la defensa de este principio no justifica su desconexión con la Fiscalía, pues la existencia de la institución tiene por objeto la formación de funcionarios de esa entidad.
De acuerdo con el ente investigador, la creación de esta institución universitaria tendrá como objetivo prestar el servicio público de educación superior para la formación y el conocimiento científico de la investigación penal y criminalística. y de l
Como dicha institución estará adscrita a la Fiscalía, sus recursos de funcionamiento e inversión deberán incorporarse al presupuesto de la entidad. No obstante, su régimen académico será el previsto en las leyes que regulan la educación superior.
Los magistrados Jorge Iván Palacio y Nilson Pinilla anunciaron que salvarán el voto, mientras María Victoria Calle y Alberto Rojas indicaron que se reservarán esa eventualidad.
(Corte Constitucional, comunicado Sentencia C-084 (D-9791), feb. 12/14, M. P. Jorge Iván Palacio)
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