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Corte Constitucional suspende pagos ordenados por tutela a damnificados del invierno
14 de Junio de 2013
Como medida cautelar, la Corte Constitucional le ordenó a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo y Desastres abstenerse de pagar la ayuda económica reconocida por el Gobierno mediante la Resolución 74 del 2012 a damnificados por el invierno.
A juicio del alto tribunal, la orden de suspender los pagos ordenados por jueces de tutela a aproximadamente 3.000 personas de los municipios de Córdoba y San Jacinto del Cauca (Bolívar), Majagual y San Marcos (Sucre) y La Gloria (Cesar), zonas afectadas por el fenómeno de la niña en septiembre del 2011, no implica prejuzgamiento y busca una adecuada distribución de estos recursos.
La corporación señaló que los jueces de tutela accedieron a las pretensiones de lo accionantes, consistentes en el pago de ayuda económica por 1.500.000 pesos, con base en un material probatorio que, según afirmó, se limita a la fotocopia de la cédula, el documento que acredita estar en el Sisbén y el carné que los identifica como víctimas de la ola invernal.
“Sin hacer un estudio detallado de las sentencias de instancia, se observa a primera vista posibles irregularidades en el trámite de los respectivos procesos”, advirtió la entidad.
Finalmente, agregó que la medida permitirá velar por el cumplimiento del debido proceso administrativo y de la adecuada distribución de los recursos asignados para este fin.
(Corte Constitucional, Auto (Oficio 384/2013), mayo 31/13, M. P. Mauricio González Cuervo)
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