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Corte Constitucional se declara inhibida en demanda contra umbral electoral
24 de Enero de 2014
La Corte Constitucional se declaró inhibida para examinar la demanda contra los artículos 2° y 11 parciales del Acto Legislativo 1 del 2009, que elevan el umbral electoral al 3 % de los votos válidos de las elecciones para el Congreso de la República.
La corporación decidió no pronunciarse, porque la demanda se presentó de manera extemporánea, ya que solo se radicó cuatro años después de que se modificó el umbral.
La Procuraduría había pedido que la Corte se declarara inhibida para fallar de fondo. A juicio del Ministerio Público, los accionantes pretendían que se adelantara un control material de la norma, lo cual escapa a las facultades de la corporación.
En el concepto, agregó que tampoco era posible decretar una modulación de los efectos del fallo en caso de que se encontrara que la iniciativa no excedía límites constitucionales, pues ello equivaldría a efectuar dicho control material.
Los accionantes pedían que se estableciera un margen mínimo solo para los partidos o movimientos que se constituyeran para la contienda electoral del 2014. A los que alcanzaran el mínimo exigido en el 2010, se les debería mantener el reconocimiento, si igualaban o superaban el 2 %, agregaban.
Además, solicitaban que se declarara una omisión legislativa relativa, porque no se emitió una norma constitucional relacionada con las colectividades distintas a las mayoritarias.
De otro lado, sugerían que se exhortara al Congreso para que expidiera un estatuto de la oposición y las minorías, y que se suspendiera la vigencia de la norma demandada, mientras esta tarea no se hubiera realizado.
(Corte Constitucional, Noticia (D-9731), ene. 24/14 )
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