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Corte Constitucional respalda Estatuto de Ciudadanía Juvenil

31 de Octubre de 2012

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Nota:
25616

La Corte Constitucional declaró exequible en su aspecto formal el proyecto de ley por el cual se expide el Estatuto de Ciudadanía Juvenil (proyecto de ley estatutaria 169/11 Senado, 14/11 Cámara).

 

Además, en lo sustancial, se pronunció sobre 13 artículos, entre los cuales se destacada la declaratoria de inexequibilidad de la creación de una unidad administrativa dentro del Sistema Nacional del Juventudes y su participación en el Consejo Nacional de Políticas Públicas.

 

Sobre las decisiones de la Comisión de Concertación, la Corte no encontró ajustado a la Constitución  que estas fueran de obligatorio cumplimiento para el Gobierno ni que prevalecieran sobre las medidas de institucionalidad pública que les fueran incompatibles.

 

De otro lado, el alto tribunal precisó el alcance los consejos municipales de juventud, cuando se trate de municipios y localidades donde existan organizaciones juveniles de campesinos, comunidades de indígenas, afrocolombianos, rom, raizales o, en general, comunidades étnicas.

 

Según la corporación, en estos casos se debe realizar la consulta previa con las comunidades que vayan a ser representadas por el miembro del Consejo de Juventud que se quiera elegir.

 

Finalmente, declaró inexequibles las facultades extraordinarias que el proyecto le otorgaba al Presidente de la República para expedir decretos con fuerza de ley con el fin de regular los derechos y las garantías de los jóvenes pertenecientes a estos grupos de la población, en lo relativo a la implementación de la política pública diferencial contemplada en el proyecto.

 

(Corte Constitucional, comunicado Sentencia C-862, oct. 25/12, M. P. Alexei Julio Estrada)

 

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