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General


Corte Constitucional rechaza demanda contra fallida reforma a la Justicia

La mayoría de la Sala Plena consideró que el alto tribunal no es competente para analizar actos reformatorios de la Carta que no fueron promulgados.
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25 de Abril de 2013

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Por falta de competencia para referirse a actos legislativos que no han sido promulgados, la Corte Constitucional rechazó la demanda que pedía declarar inexequible la fallida reforma a la justicia.

 

De acuerdo con la Sala Plena, el artículo 379 de la Constitución plantea la posibilidad de instaurar demandas de inconstitucionalidad en un plazo de 12 meses contados a partir de la “promulgación” del acto.

 

Similar concepto presentó el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, quien le solicitó a la corporación inhibirse de analizar el tema de fondo, ya que solo está facultada para pronunciarse sobre actos legislativos promulgados.

 

El presidente del alto tribunal, Jorge Iván Palacio, salvó el voto, por considerar que estaban en juego situaciones de compleja interpretación jurídica, como el hecho de determinar si el Presidente de la República puede objetar actos de reforma a la Carta o, incluso, si estos pueden ser demandados, aunque no se hayan promulgado.

 

(Corte Constitucional, comunicado Exp. D-9200 y D-9208, abr. 25/13)

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