General
Consejo Superior revoca tutela que mantenía suspensión provisional de la destitución de Petro
06 de Marzo de 2014
El Consejo Superior de la Judicatura revocó la tutela por medio de la cual se había concedido la suspensión provisional de la destitución e inhabilidad de 15 años impuesta por la Procuraduría General de la Nación al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.
La corporación acogió la mayor parte de la ponencia que proyectó el magistrado Pedro Sanabria, quien consideraba que el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá no debió conceder la acción de amparo a más de 300 ciudadanos, pues la determinación no conculcaba los derechos a elegir y ser elegidos de los demandantes, consagrados en el artículo 40 de la Constitución.
Por otra parte, la ponencia indica que los tutelantes carecen de legitimación para exigir el respeto al debido proceso, pues lo discutido solo afecta al propio disciplinado, no a sus electores.
Todavía están por resolverse impugnaciones a varios expedientes a través de los cuales el Tribunal Administrativo de Cundinamarca decretó la suspensión provisional de la sanción, aunque el Consejo de Estado ya ha dicho que, en este caso, no procede la tutela, debido a que el mandatario tiene las suficientes garantías para atacar el fallo por mecanismos ordinarios, sin tener que acudir a la tutela.
El alto tribunal se refiere a que las medidas cautelares que ofrece el artículo 230 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo permiten revisar la legalidad de la sanción que le impuso el Ministerio Público.
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