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Conozca quién coordinará las políticas públicas dirigidas a población LGBTI
07 de Diciembre de 2015
Frente a los avances logrados por la población lesbiana, gay, bisexual, transexual e intersexual (LGBTI) es importante fortalecer la estructura del Ministerio del Interior para atender los requerimientos de esta población, mediante la asignación de las funciones correspondientes a la Dirección de Derechos Humanos, las cuales venían siendo desempeñadas por la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías, indicó el Ejecutivo.
Por lo tanto, ahora, la Dirección de Derechos Humanos tendrá a su cargo la labor de diseñar programas de asistencia técnica, social y de apoyo para la población LGBTI.
Además, tendrá las siguientes funciones:
- Liderar, en el marco de su competencia, la formulación, seguimiento y evaluación de los componentes de la política nacional integral de derechos humanos (DH) y derecho internacional humanitario (DIH).
- Contribuir en la implementación del Sistema Nacional de DH y DIH, en el nivel nacional y territorial.
- Establecer los lineamientos generales para el diseño e implementación de mecanismos de prevención y protección dirigidos a las personas que se encuentren en situación de riesgo extraordinario o extremo contra su vida, integridad, libertad y seguridad, por causas relacionadas con la violencia política o ideológica, o con el conflicto armado interno.
- Asesorar técnicamente a las entidades territoriales en la formulación de políticas de DH y DIH y en la incorporación de un enfoque de derechos en los diferentes instrumentos de planeación y sus estrategias de implementación en el ámbito municipal y departamental.
- Desarrollar, en coordinación con las entidades competentes acciones tendientes a la consolidación de una cultura de DH.
- Proponer, discutir y hacer seguimiento a los proyectos de ley o de acto legislativo, así como efectuar el análisis normativo y jurisprudencia en las materias de su competencia.
- Adelantar los estudios y las investigaciones en DH y DIH que contribuyan al diagnóstico y la elaboración de propuestas tendientes a garantizar la vigencia de los mismos.
- Diseñar programas de asistencia técnica, social y de apoyo para la población LGBTI.
- Coordinar con las instituciones gubernamentales la elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas públicas dirigidas a la población LGBTI y el ejercicio de sus libertades y derechos.
- Promover acciones con enfoque diferencial, tanto de parte del ministerio como de las demás entidades del Estado, orientadas a atender la población LGBTI, y la formulación de acciones conjuntas.
- Prestar asesoría a las gobernaciones y alcaldías municipales para la debida atención a la población LGBTI.
- Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
- Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
Esta norma modifica el Decreto 2893 del 2011.
Mininterior, Decreto 2340, dic. 3/15
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