General
Congreso debe informar sobre proyectos de ley referidos a adopción por parejas del mismo sexo
27 de Febrero de 2015
La Corte Constitucional le solicitó al Congreso de la República informar qué iniciativas legislativas se han presentado y tramitado relacionadas con los derechos y los deberes de las parejas del mismo sexo, y sobre la posibilidad de adopción para esta población, indicando cuál ha sido su resultado.
Así mismo, pidió que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas en Colombia le informe cuáles son los estándares internacionales de derechos humanos relativos al interés superior del menor y su adopción por parejas del mismo sexo, los estudios realizados sobre los efectos de esa adopción en el desarrollo integral del menor y la postura institucional al respecto.
Cabe recordar que, hace dos semanas, la Corte Constitucional decidió que las parejas del mismo sexo solo pueden adoptar cuando la solicitud recaiga en el hijo biológico de su compañero o compañera permanente.
La concesión otorgada se dio como consecuencia del condicionamiento de la exequibilidad de las expresiones “el cónyuge o compañero permanente”, contenidas en el numeral 5º del artículo 64, el artículo 66 y el numeral 5º del artículo 68 del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 del 2006).
Aunque la Corte no exhortó al Congreso a legislar sobre la adopción por parte de parejas del mismo sexo, la sentencia reconoce expresamente que se trata de un debate que debe ser resuelto por el Legislativo.
El aparte de la sentencia que niega la adopción conjunta señala que la decisión no implica “que exista prohibición constitucional para que el legislador reconozca el derecho a adoptar por parte de las parejas del mismo sexo, sino que la opción legislativa actual en las normas demandadas, es constitucionalmente permitida”.
Nueva demanda
Los requerimientos de la Corte obedecen a una demanda en contra de varios apartes de los artículos 64, 66 y 68 del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 del 2006), referidos a los efectos jurídicos de la adopción, el consentimiento y los requisitos para adoptar.
El objetivo principal del demandante es que las parejas del mismo sexo sean incluidas en el régimen de adopción, en la medida en que también constituyen una familia, según diferentes pronunciamientos judiciales.
(Corte Constitucional, noticia, Demanda 10371-15, feb. 24/15, M. P. Jorge Iván Palacio Palacio)
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