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Actualizado hace 4 horas | ISSN: 2805-6396

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Comunicados de prensa de la Corte Constitucional no producen efectos jurídicos

13 de Abril de 2016

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La Sección Segunda del Consejo de Estado explicó que los comunicados de prensa no son sentencias ni responden a las características propias de las providencias judiciales, pues su propósito es eminentemente informativo y no les confiere fuerza vinculante de ninguna índole.

 

De ese modo, los comunicados no producen efectos jurídicos ni remplazan las notificaciones de los fallos que determinan el momento en que las providencias producen efectos.

 

Así también lo ha sostenido el máximo tribunal constitucional, que ha señalado que la expedición de los citados documentos se da con el fin de poner en conocimiento de la comunidad las decisiones adoptadas y con ello de los cambios que implican en el ordenamiento jurídico.

 

El reglamento de Corte Constitucional en su artículo 9° determinó las funciones  del presidente de la corporación, entre las que se encuentra: “servir a la Corte como órgano de comunicación y, en consecuencia, solo él podrá informar oficialmente sobre los asuntos decididos por la Sala Plena”.

 

Al respecto, el presidente de la corte expide los comunicados de prensa con el fin de poner en conocimiento de la comunidad las decisiones adoptadas; no obstante, al no ser la sentencia misma la que se publica, no produce efectos jurídicos.

 

En el caso concreto, se negó la procedencia de una tutela que argumentaba que, al momento de proferir un fallo, el Consejo de Estado desconoció la jurisprudencia de la Corte Constitucional dada a conocer mediante comunicado de prensa. (Lea: Comunicados de la Corte Constitucional: ¿garantía del derecho a la información o causa de inseguridad jurídica?)

 

Vale la pena mencionar que la ponencia de esta jurisprudencia estuvo a cargo del consejero William Hernández Gómez, de la Sección Segunda.

 

Caso matrimonio igualitario

 

Esta providencia de la alta corporación administrativa cobra total importancia cuando se está a punto de dar a conocer el sentido definitivo de la decisión que avalaría el matrimonio entre parejas del mismo sexo. (Lea: Avalarían matrimonio para parejas homosexuales)

 

La ponencia presentada inicialmente por el magistrado Jorge Ignacio Pretelt no alcanzó la mayoría de votos necesaria para ser aprobada, por lo que se asignó la elaboración de una nueva al magistrado Alberto Rojas, quien presentará el nuevo proyecto de decisión esta semana.

 

De ahí que se tendría que esperar a que sea publicado dicho fallo y no el comunicado de la decisión para que los jueces y los notarios puedan formalizar a través de la figura del matrimonio civil la unión civil de las parejas del mismo sexo.

 

Pero también hay que resaltar que, de acuerdo con la última reforma al reglamento de la Corte Constitucional, las decisiones que se adopten en la respectiva Sala Plena tienen que ser publicadas en un término no mayor de 15 días. En lo que va del año se ha podido comprobar que esta nueva regla se ha venido cumpliendo a cabalidad.

 

(Consejo de Estado Sección Segunda, Sentencia 11001031500020150316200, 02/04/16)

 

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