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Colegios deberán comenzar a impartir la cátedra de la paz
27 de Mayo de 2015
La cátedra de la paz será obligatoria en todos los establecimientos educativos de preescolar, básica y media de carácter oficial y privado, en los términos de la Ley 1732 del 2014. Esta asignatura deberá fomentar el proceso de apropiación de conocimientos y competencias relacionados con territorio, la cultura, el contexto económico y social y la memoria histórica.
Según el Decreto 1038, dentro de sus objetivos fundamentales estará contribuir con el aprendizaje, la reflexión y el diálogo sobre los siguientes temas: cultura de la paz, educación para la paz y desarrollo sostenible.
Así mismo, todas las instituciones educativas deberán incluir en sus planes de estudio la materia antes del 31 de diciembre de este año y deberá estar articulada con alguna de las siguientes áreas del conocimiento: ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia; ciencias naturales y educación ambiental, o educación ética y en valores humanos.
Al respecto, la ministra de Educación, Gina Parody, dijo que la implementación de esa asignatura contribuirá a la formación de competencias ciudadanas en todos los estudiantes del país que contribuyan a la solución pacífica de conflictos cotidianos y a generar ambientes propicios de estudio lejos de factores como el matoneo o la violencia.
A partir del año 2016, el Icfes incorporará dentro de las Pruebas Saber 11º, en su componente de competencias ciudadanas, la evaluación de los logros correspondientes a la cátedra.
En el caso de la educación superior y en respeto del principio de la autonomía universitaria, las instituciones la desarrollarán en concordancia con sus programas académicos y su modelo educativo, para lo cual podrán definir las acciones que permitan a la comunidad contar con espacios de aprendizaje, reflexión y diálogo para la vivencia de la paz.
En cuanto a la estructura y contenido, la norma puntualiza que los establecimientos educativos determinarán los contenidos de la cátedra, los cuales deberán estar orientados al logro de los objetivos consagrados en la Ley 1732 y deberán desarrollar, al menos, dos de las siguientes temáticas:
- Justicia y Derechos Humanos.
- Uso sostenible de los recursos naturales.
- Protección de las riquezas culturales y naturales de la Nación.
- Resolución pacífica de conflictos.
- Prevención del acoso escolar.
- Diversidad y pluralidad.
- Participación política.
- Memoria histórica.
- Dilemas morales.
- Proyectos de impacto social.
- Historia de los acuerdos de paz nacionales e internacionales.
- Proyectos de vida y prevención de riesgos.
Mineducación, Decreto 1038, 5/25/2015
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