General
CIDH advierte sobre el uso del derecho penal en los medios para silenciar denuncias
04 de Mayo de 2015
Con ocasión del día mundial de la libertad de prensa, que tuvo lugar el pasado 3 de mayo, la relatoría especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hizo un llamado a los Estados a abstenerse de usar el derecho penal para silenciar denuncias.
Según advirtió, el ejercicio de la libertad de expresión en el continente americano sigue estando amenazado en muchos países por el uso del derecho penal para sancionar la difusión de información sobre asuntos de interés público o que involucran a funcionarios estatales.
Al respecto, agregó que en los últimos años, funcionarios públicos han llevado a la órbita penal a medios de comunicación y periodistas o directivos en Venezuela, Cuba, Ecuador, Honduras, Brasil y Guatemala.
El caso más reciente se registró en Venezuela, señaló la CIDH, donde el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, demandó penalmente a los periodistas, directivos y propietarios de los medios El Nacional, La Patilla y Tal Cual por reproducir informaciones difundidas por un diario español que lo aludían.
Así mismo, en Honduras, hubo recientemente dos procesos penales. Uno de ellos contra el periodista Julio Ernesto Alvarado, condenado a 16 meses de prisión por el delito de difamación por expresiones constitutivas de injurias , interdicción civil y penas accesorias, dentro de las cuales se encontraba la prohibición de ejercer el periodismo por el mismo tiempo de la pena de prisión.
Adicionalmente, en Nicaragua, un médico y teniente del Ejército fue condenado a prisión a comienzos de este año por el delito contra el decoro militar tras criticar un operativo en el que se intentaba disolver una manifestación contra el proyecto del canal interoceánico en ese país.
Por su parte, en Brasil, el periodista Cristian Goes fue condenado recientemente a siete meses de prisión (convertidos a servicios comunitarios) por el delito de injurias, tras una denuncia penal de un ministro que se sintió agraviado por una novela de ficción que Goues publicó y que, según él, aludía a su vida.
De acuerdo con la CIDH, otra modalidad de utilización del derecho penal para silenciar voces consiste en la apertura de juicios penales a los representantes de radios comunitarias por emitir sin autorización. Este tipo de acciones que penalizan el ejercicio de la libertad de expresión a través del espectro radioeléctrico se registró recientemente en Guatemala, Honduras, Brasil y Chile, agregó.
“La Relatoría Especial valora los esfuerzos realizados por algunos Estados por despenalizar el desacato o modificar las leyes que penalizan la difamación, injuria o calumnia en casos que se refieran a temas de interés público o sobre funcionarios estatales. No obstante, en la mayoría de los Estados de la región persisten normas penales que continúan sin adecuarse a los estándares interamericanos en materia de protección a la libertad de expresión y que permiten la imposición de medidas desproporcionadas que pueden tener un efecto silenciador incompatible con una sociedad democrática”, sostuvo.
Incluso, advirtió que se ha visto en los últimos años la invocación de otras figuras penales vagas e imprecisas, como terrorismo, subversión e incitación a la violencia, para sancionar expresiones críticas o de protesta.
Respecto al honor de los funcionarios públicos y personas que se involucran en asuntos públicos, la Comisión enfatizó en que "la obligación del Estado de proteger los derechos de los demás se cumple estableciendo una protección estatutaria contra los ataques intencionales al honor y a la reputación mediante acciones civiles y promulgando leyes que garanticen el derecho de rectificación o respuesta. En este sentido, el Estado garantiza la protección de la vida privada de todos los individuos sin hacer un uso abusivo de sus poderes coactivos para reprimir la libertad individual de formarse opinión y expresarla".
Por último, advirtió que ante las situaciones que se siguen registrando, la relatoría especial para la libertad de expresión insta a los Estados a derogar las leyes que consagran el desacato y la difamación criminal en casos que involucran el interés público; modificar las leyes penales ambiguas o imprecisas que limitan la libertad de expresión, e incorporar los estándares interamericanos a la legislación civil de manera tal que los procesos civiles adelantados contra personas que han hecho declaraciones sobre asuntos de interés público resulten proporcionales y razonables.
Opina, Comenta