General
Banco Agrario debe informar posibilidad de acceder a ayuda humanitaria presentando contraseña de la cédula
16 de Julio de 2014
En una sentencia de tutela publicada recientemente, la Corte Constitucional advirtió que el Banco Agrario debe informarles a los desplazados la posibilidad de acceder a la ayuda humanitaria de emergencia presentando la contraseña, cuando esté en proceso la expedición de su cédula de ciudanía.
Además, debe explicar todas las posibilidades que tienen los potenciales beneficiarios de estas ayudas para probar su identidad, si carecen de los documentos correspondientes. En ese sentido, señaló que aunque es razonable que ciertas entidades, en cumplimiento de sus deberes legales, exijan la presentación de la cédula de ciudadanía como medio de identificación, dicho requisito puede admitir excepciones.
“Aunque en principio y como regla general, la cédula de ciudadanía funge como el documento idóneo para acreditar la identidad de su portador, en aquellas situaciones excepcionales cuando está de por medio la amenaza o violación de derechos fundamentales (…) que comprometen la existencia misma de un individuo, se vuelve impostergable el trabajo armónico entre las entidades públicas y privadas para lograr, con ayuda de los avances tecnológicos, la correcta individualización del titular del derecho y evitar que los formalismos socaven el derecho sustancial”, agregó.
Finalmente, sostuvo que la demora excesiva en la entrega de recursos puede acarrear un desconocimiento o restricción desproporcionada en los derechos de la población desplazada, especialmente cuando de ello dependa el acceso a bienes básicos de subsistencia para personas que están a cargo de menores de edad.
Así mismo, advirtió que el Banco Agrario debe abstenerse de persistir en negar la entrega de los recursos, cuando tenga pruebas suficientes de la identidad del solicitante.
(Corte Constitucional, Sentencia T-365, jun. 27/13, M. P. Alberto Rojas)
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