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Aspectos que usted debe tener en cuenta para la jornada electoral
07 de Marzo de 2014
La Registraduría Nacional del Estado Civil presentó un documento en el que explica las dudas más frecuentes de los ciudadanos al momento de votar. ÁMBITO JURÍDICO reproduce algunas recomendaciones que los electores pueden tener en cuenta, para participar en las elecciones que se realizarán este domingo 9 de marzo.
Para las elecciones de Congreso de la República y Parlamento Andino, las tarjetas electorales no traen las fotos de los candidatos ni sus nombres. Por eso razón, se les recomienda a los sufragantes identificar el logosímbolo del partido de su predilección en cada corporación, así como el número de su candidato favorito, en las listas con voto preferente.
Como ayuda pedagógica, en los cubículos habrá un cuadernillo con los nombres y las fotografías de los 2.324 aspirantes inscritos, para que puedan verificar el número del candidato.
En cuanto al certificado electoral, este se entrega a los votantes para garantizar el disfrute del beneficio estipulado en la Ley 143 de 1994, que, en su artículo 3º, establece que todo ciudadano que acredite haber ejercido el derecho al voto en forma legítima podrá disponer de media jornada de descanso compensatorio remunerado. Ese descanso se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador.
De acuerdo con el artículo 16 de la Ley 163 de 1994, los ciudadanos que padecen limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse por sí mismos pueden ingresar al cubículo de votación con acompañante. También pueden ingresar acompañados los ciudadanos mayores de 80 años o quienes padecen problemas avanzados de visión.
Si el elector se equivoca al momento de marcar el tarjetón, podrá solicitarles a los jurados de votación una nueva tarjeta de reemplazo. El sufragante deberá devolver la tarjeta electoral mal diligenciada y verificar que el jurado la anule.
Dentro del puesto de votación no se podrán usar teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video, entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., con excepción de los medios de comunicación debidamente identificados.
En los puestos censos, como el de Corferias, en Bogotá, solo podrán sufragar los ciudadanos que tienen inscrita allí su cédula, o los que tiene cédulas expedidas entre el 1º de enero de 1988 y el 7 de enero de 2003, que nunca han inscrito su cédula de ciudadanía en otro puesto de votación ni presentan ninguna novedad.
Vale la pena recordar que los resultados que se entregan a través de la página web de la Registraduría y los medios de comunicación son el resultado del preconteo o conteo rápido de mesa, que tiene carácter informativo, pero carece de valor jurídico vinculante, ya que, de acuerdo con el Código Electoral, los resultados oficiales de la elección solo se conocen una vez concluya el proceso de escrutinio, que está a cargo de las comisiones escrutadoras y del Consejo Nacional Electoral.
A partir de la 4:00 p.m. se inician los escrutinios, y es responsabilidad de la organización electoral garantizar que los testigos electorales ejerzan la vigilancia del proceso, a través de las facultades otorgadas en la ley. Para ello, recibirán copia de las actas de escrutinio y podrán hacer uso de cámaras fotográficas o de video.
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