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General


Allanamiento a la mora por parte de EPS implica que asume licencia o incapacidad

Las EPS deben adelantar las acciones de cobro por escrito, para efectos probatorios, indicó el Ministerio de Salud.
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23 de Abril de 2013

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Aunque el Decreto 1607 del 2007 fijó unos plazos para pagar los aportes parafiscales y a la seguridad social y advirtió que su incumplimiento acarrearía el no pago de licencias e incapacidades por parte de las entidades promotoras de salud (EPS), la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre el allanamiento a la mora modificó esta regla, recordó el Ministerio de Salud.

 

Así las cosas, si el afiliado paga de forma extemporánea sus aportes sin que hayan mediado acciones de cobro por parte de la EPS, se entenderá que esta se ha allanado a la mora y debe asumir el pago de la licencia o incapacidad.

 

Dichas acciones de cobro deben adelantarse por escrito, para efectos probatorios, reiteró la entidad.

 

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