XX encuentro de la jurisdicción contencioso administrativaMagistrado Velilla destaca bondades del expediente electrónico (4:30 p.m.)
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25 de Septiembre de 2014
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El magistrado Marco Antonio Velilla defendió las bondades del expediente electrónico, no solo porque permite agilizar el desarrollo de todas las etapas del proceso judicial, sino porque ofrece varios beneficios, como la reducción de riesgo de manipulación de los datos o pérdida de los mismos. En este sentido, recordó que el artículo 186 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA, Ley 1437 del 2011) establece la posibilidad de adelantar estas diligencias por medio de dispositivos electrónicos y le da un plazo de cinco años a la Sala Administrativa del Consejo Superior para asegurar la adecuación tecnológica que permita la implementación de esta modalidad. A su vez, recordó las exigencias del artículo 107 del Código General del Proceso (CGP) para la tramitación del expediente por medios digitales, que imponen la adquisición de tecnologías de la información y las comunicaciones, la posibilidad de adelantar actuaciones judiciales por medio de datos y la validez de los mensajes transmitidos por correo electrónico.
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