Violencia sexual contra menores no puede ser conocida por jueces indígenas (2:35 p.m.)
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26 de Julio de 2013
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Quien se encuentre bajo sospecha de cometer acto sexual abusivo en menor de 14 años no puede tener ninguna protección fundada en su calidad de indígena, sostuvo el Consejo Superior de la Judicatura. En estos casos, dice la Sala Disciplinaria, se produce una tensión entre los derechos de los niños y el de los integrantes de grupos étnicos a mantener un fuero especial de juzgamiento, acorde a su cosmogonía, valores y costumbres. Por ser los menores de edad sujetos de especial protección constitucional, eventualidades como estas deben resolverse a favor del reconocimiento de las garantías fundamentales del infante, señala la providencia. La Sala indicó además que los fueros especiales se encuentran limitados al cumplimiento de la Carta Política de 1991 y que no pueden convertirse en fuente de impunidad. Con estos argumentos, aunado al hecho de que el indiciado se encuentra muy lejos de los usos, costumbres y tradiciones de su comunidad, la corporación radicó en la jurisdicción ordinaria la competencia para investigar a un indígena, presuntamente responsable de la señalada conducta delictiva (M. P. Ovidio Claros).
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