Suspenden temporalmente asignación de competencias para conocer procesos asignados por ley al Auditor General (9:20 a.m.)
16 de Febrero de 2015
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Nota:
99744
A través de un auto, se ordenó la suspensión temporal de los efectos de los artículos 1º, 2º y 3º de la Resolución Orgánica 08 del 2011 expedida por el Auditor General de la República, en la que se asignó competencia para conocer, tramitar y decidir las indagaciones preliminares, los procesos de responsabilidad fiscal (ordinarios y verbales), los procesos administrativos sancionatorios y los procesos de jurisdicción coactiva al Auditor delegado para la vigilancia de la gestión fiscal y al Director de responsabilidad fiscal y jurisdicción coactiva. Según la corporación, el acto despoja al Auditor General de la competencia asignada por la Constitución y la ley para conocer esta clase de procesos aun cuando no es posible que un acto administrativo modifique una norma constitucional o legal (C.P. María Elizabeth García González).
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