Suspenden temporalmente algunas disposiciones del sistema de control y vigilancia de los CRC (11:00 a.m.)
31 de Enero de 2014
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Nota:
95352
Ante las dificultades para la expedición del certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz por parte de los centros de reconocimientos de conductores (CRC), que podrían estar asociadas a la implementación del sistema adoptado por la Resolución 7034 del 2012, la Superintendencia de Puertos y Transporte ordenó suspender por dos meses lo dispuesto en los numerales 2º, 3º, 4º , 5º, 6º, 7º, 8º y 9º, el parágrafo 1° y el segundo párrafo del parágrafo 2° del artículo 3°, y la totalidad de los artículos 4°, 5° y 6° y el anexo técnico de la citada norma. Tales disposiciones están relacionadas con los requisitos, la conectividad, acceso y garantía de no falla del sistema de control y vigilancia. También, solicitó a la delegada de tránsito y transporte terrestre automotor efectuar una evaluación integral de la puesta en marcha y el adecuado funcionamiento de dicho sistema, con el fin de reafirmar, modificar o eliminar, si necesario, los elementos de la técnica establecida.
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