Suspenden concepto de la Dian que gravaba con el CREE recuperación de deducción de la vigencia 2013 (3:03 p.m.)
20 de Abril de 2015
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Nota:
101063
El Consejo de Estado indicó que al haber suspendido la norma en la que se amparaba dicho concepto este no puede tener aplicabilidad. Recordó cómo la corporación emitió medidas cautelares sobre el parágrafo 1º del artículo 3º del Decreto 2701 del 2013, que permitía darle dicho tratamiento a la recuperación de deducciones, lo que implica que el Concepto 100202208357, emitido por la Dian en el 2014, debe correr la misma suerte, ya que en él se da aplicación a la regla suspendida. Para el Consejo de Estado, esta directriz supone una extralimitación en la función reglamentaria a cargo del Ejecutivo, en detrimento de los principios de certeza del tributo y de reserva de ley; toda vez que el artículo 195 del Estatuto Tributario establecía este rubro como parte de la base gravable del impuesto de renta ordinario y teniendo en cuenta la prohibición existente para que un decreto reglamentario pueda incluir en la base gravable de otro impuesto un ingreso ya definido por el legislador como constitutivo de renta para determinados tributos (C. P. Jorge Octavio Ramírez).
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