Supersalud imparte instrucciones sobre prestación del servicio de salud a personas con sospecha o diagnóstico de cáncer (3:52 p.m.)
21 de Julio de 2014
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Nota:
61894
" Las entidades deben proporcionar a las personas con sospecha o diagnóstico de cáncer una atención sin retrasos, para evitar poner en riesgo su vida o su salud. No se puede negar o dilatar la atención o asistencia médica requerida y el registro de citas de consulta médica especializada debe ser gestionado y optimizado por las entidades competentes, señaló la Superintendencia Nacional de Salud en la Circular 0004. Las instrucciones sobre la atención a esta población van dirigidas a los prestadores de servicios de salud, a entidades administradoras de planes de beneficios (públicas o privadas, de carácter laico o confesional) y a las entidades territoriales. La Supersalud hace énfasis en temas como la atención especial en niños, autorización integral, tratamiento de cuidados paliativos y continuidad en el tratamiento, entre otros. También, advirtió que deben abstenerse de cobrar copagos o cuotas moderadoras de los servicios requeridos para los pacientes con diagnóstico de cáncer. ""Supeditar dichos servicios a la realización de un pago se entiende como una barrera de acceso que dilata e impide un tratamiento oportuno e integral"", precisó la superintendencia. "
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