Superpuertos recuerda a autoridades el cumplimiento de la ley como herramienta para combatir ilegalidad en el servicio público de transporte (11:12 a.m.)
25 de Marzo de 2015
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Nota:
100485
El Ministerio de Transporte enfatizó que de acuerdo con la Constitución Política y la ley la operación de transporte en Colombia es un servicio público, inherente a la finalidad social del Estado, por lo tanto pera bajo su regulación control y vigilancia. Agrega que este servicio se prestará por empresas, personas naturales o jurídicas legalmente constituidas de acuerdo con las disposiciones colombianas. Así, la Superintendencia de Puertos solicitó a las alcaldías, como autoridades de transporte y tránsito, en el ámbito de sus competencias territoriales, optimizar la eficiencia y eficacia de las acciones de inspección y vigilancia en estrecha coordinación con las autoridades de control operativo y policivo para combatir todas las formas de piratería, informalidad e ilegalidad en el servicio público de transporte terrestre. Por tanto, les recordó que deben generar estrategias que permitan identificar y dotar a sus entidades de herramientas técnicas, tecnológicas y operativas para el cumplimiento de esas funciones, así como la coordinación interinstitucional entre las diferentes autoridades. Igualmente, reiteró a las autoridades territoriales que, conforme a lo que establece la Ley 1702 del 2013, la superintendencia mantendrá su vigilancia sobre las actuaciones de los organismos de tránsito encaminadas a combatir todas las formas de piratería, informalidad e ilegalidad en el servicio y de ser necesario ejercerá su función de intervención.
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