Subsidio para garantizar la movilización de los personeros no debe ser aplicado: Consejo de Estado (2:38 p. m.)
26 de Mayo de 2015
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Nota:
101276
Para la creación del subsidio para la movilización de los personeros debió contarse con la iniciativa del Gobierno Nacional o, al menos, con el concepto favorable del Ministerio de Hacienda y Crédito Público sobre los costos fiscales de la iniciativa y la fuente de ingreso adicional generada para el financiamiento de dicho costo. Así lo advirtió la Sala de Consulta y Servicio Civil en un concepto publicado recientemente, en donde explicó que el artículo 36 de la Ley 1551 del 2012 fue expedido vulnerando el principio de consecutividad. Para el alto tribunal, no se trató de una iniciativa de la Rama Ejecutiva sino de un texto insertado por los congresistas en el segundo debate en el Senado de la República, por su exclusiva iniciativa, a pesar de que en la norma adicionada al proyecto se ordena gasto. Así, sostuvo que la consecuencia inevitable de dicha vulneración es la aplicación obligatoria, por parte de todos los operadores jurídicos, de la excepción de inconstitucionalidad sobre la referida disposición (C.P. Augusto Hernández Becerra).
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