Sordociegos deben tener representación en comités de discapacidad: Corte Constitucional (8:20 a.m.)
12 de Diciembre de 2013
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Nota:
93306
Los sordociegos contarán con un representante en los consejos nacional, departamental y municipal de discapacitados, pues la Corte Constitucional condicionó la exequibilidad de las normas que consagran la conformación de estos órganos (artículos 10 y 16 parciales de la Ley 1145 del 2011). El alto tribunal determinó que se justifica la inclusión de un representante de esta comunidad, ya que se trata de una discapacidad única, distinguible de la visual y auditiva. El magistrado Luis Guillermo Guerrero se opuso a la decisión de la Sala Plena.
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