Servidores públicos deben declarar y solicitar la separación del proceso, en caso de impedimento o recusación (10:48 a.m.)
18 de Febrero de 2015
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Nota:
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Los servidores públicos que conozcan del proceso de responsabilidad fiscal en quienes recaiga cualquier causal de impedimento deben declararlo y, por lo tanto, solicitar la separación del conocimiento del proceso, con el fin de garantizar la imparcialidad que debe imperar en este trámite, recordó la Contraloría General de la República. De manera general, los impedimentos y las recusaciones son decididos por el juez que le sigue en turno y/o superior jerárquico del funcionario impedido o recusado, según el caso, de acuerdo con lo previsto en los artículos 131 y 132 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), indicó la entidad.
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