Reparación por privación injusta de la libertad procede en casos de caución (4:45 p.m.)
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30 de Mayo de 2014
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El Consejo de Estado sostuvo que la reparación por privación injusta de la libertad también procede en casos de caución, si el sindicado es absuelto. Ello porque el cumplimiento de esta medida de aseguramiento exige la restricción del goce absoluto de la libertad, en tanto le impide al afectado salir del país, lo obliga a presentarse periódicamente a las autoridades e informarle a estas alrededor de todo cambio de residencia. Lo anterior porque así lo exigía el artículo 419 del Decreto 2700 de 1991, que establecía las obligaciones de quien fuese cobijado con este tipo de determinación (C. P. Mauricio Fajardo).
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