Reiteran que actos administrativos en firme que establezcan las listas de elegibles crean derechos particulares y concretos (8:45 a.m.)
11 de Julio de 2012
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Nota:
82293
La Corte Constitucional recordó que, en virtud del principio constitucional de buena fe y de la confianza legítima, las listas de elegibles de los procesos de concurso que se encuentran en firme son inmodificables. Por tanto, los actos administrativos que establecen las listas de elegibles, una vez en firme, crean derechos subjetivos de carácter particular y concreto que no pueden ser desconocidos por la administración. El pronunciamiento lo hizo el alto tribunal al tutelar el derecho de acceso a cargos públicos de una persona que participó en el concurso público de méritos abierto por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante la Convocatoria 01 del 2005 y ocupó el primer lugar en la lista de elegibles (Resolución 3117 del 13 de junio del 2011). La Sala ordenó el nombramiento de la accionante en el cargo de profesional especializado de Ingeominas (M. P. María Victoria Calle).
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