Regulan garantías para cubrir riesgos en materia de telecomunicaciones y de servicios postales (1:28 p.m.)
02 de Junio de 2015
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Nota:
101832
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic) determinó las garantías que se deben constituir y aportar para avalar el cumplimiento en el pago de las contraprestaciones y eventuales sanciones a pagar a favor del ministerio, derivadas de la provisión de redes de telecomunicaciones, se suministren o no al público; la provisión de servicios de telecomunicaciones; servicios postales; servicio de radiodifusión sonora; los permisos de uso del espectro radioeléctrico; el registro de capacidad satelital y el acceso al espectro radioeléctrico asociado a dicha capacidad. El habilitado, el titular del permiso o autorización, o el concesionario bien sea por licencia o contrato, deberá constituir y aportar alguna de las siguientes garantías: contrato de seguro contenido en una póliza de seguro de cumplimiento de disposiciones legales para el evento de habilitaciones, permisos, autorizaciones o licencias; contrato de seguro contenido en una póliza de seguro de cumplimiento de contrato estatal, para el evento de concesiones otorgadas mediante contrato o garantía bancaria a primer requerimiento, que puede consistir en garantía bancaria o carta de crédito stand by. También, indica que las garantías deberán cumplir con unos presupuestos generales.
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