Reglamentan administración del contingente de importaciones de mezclas de aceites (8:33 a.m.)
13 de Febrero de 2015
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Nota:
99778
Ante las medidas especiales para las importaciones de mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales o vegetales o de fracciones de diferentes grasas o aceites, originarias de Argentina, clasificadas por la subpartida arancelaria 1517.90.00.00, la Dirección de Comercio Exterior informó que se encargará de administrar el contingente de importaciones establecido por el Decreto 0156 del 2015 bajo el régimen de libre importación. En la asignación del cupo, indicó que el 80 % del mismo se asignará a los usuarios tradicionales y el 20 % restante o los usuarios nuevos. Los importadores interesados en obtener un cupo deberán estar registrados en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (Vuce) y disponer de una firma digital, dicha solicitud deberá realizarse entre el 11 y el 16 de febrero, ingresando a través del botón “Contingente - Mezclas Aceites Argentina”, disponible en www.vuce.gov.co.
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