Recuerdan factores a tener en cuenta para liquidar pensiones del régimen contenido en Ley 33 de 1985 (4:46 p.m.)
13 de Enero de 2014
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Nota:
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El 2013 fue un año muy agitado en términos normativos, especialmente en materia tributaria, teniendo como base la reglamentación a la reforma que trajo consigo la Ley 1607 del 2012, explicó la DIAN en un documento publicado en su sitio web. “Dicha reglamentación ha tenido fallas, como se ha podido evidenciar en el caso del CREE, en el que se pasó de cambiar varias veces los plazos de presentación de la entonces declaración conteniente a su sistema de retenciones en la fuente que ahora hace referencia a las autorretenciones en la fuente del dicho impuesto”, manifestó. Por lo anterior y ante inquietudes formuladas, la entidad agrega que el recién expedido Decreto 2972, el cual fijó el calendario tributario nacional para el año 2014, presenta una serie de inconsistencias que deben ser tenidas en cuenta. Por ejemplo, analiza si el artículo 7º del Decreto 2972 desconoce las disposiciones establecidas en el artículo 592 y siguientes del Estatuto Tributario (E. T.), a lo que responde que se debe entender que algunos aspectos del E. T. fueron modificados de manera tácita por la Ley 1607, razón por la cual el decreto mencionado señala quiénes son los contribuyentes no obligados a declarar y precisa los ingresos que se deben tener en cuenta para determinar los topes para declarar. Entre otros aspectos, aclara que la declaración de renta, no solo de los contribuyentes clasificados como grandes, puede presentarse antes de las fechas establecidas en la norma, siempre y cuando los servicios informáticos electrónicos y los formularios se encuentren disponibles. “Las fechas establecidas en el decreto son un plazo máximo para la presentación y pago de los impuestos a cargo”, finalizó.
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