Prohibirían venta de bebidas energizantes a menores de edad (3:37 p.m.)
13 de Noviembre de 2014
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Nota:
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El envase o empaque de las bebidas energizantes tendría que incluir, además de las ya determinadas, la siguiente información: “no remplaza la alimentación balanceada, no se recomienda ingerir este producto antes de dormir y manténganse fuera del alcance de los niños y limitar el consumo de alimentos, bebidas u otros productos que contienen cafeína mientras se ingieren bebidas energizantes”. Estos cambios fueron propuestos por el Ministerio de Salud luego de realizar una revisión a la Resolución 4150 del 2009, su intención es modificar los requisitos de rotulado y etiquetado y de publicidad contenidos en los artículos 12, 14 y 15 de la mencionada norma. En cuanto a la leyenda exigible en medios de publicidad, plantea que estas bebidas incluyan, entre otras, las siguientes advertencias: “este producto solo podrá ser comercializado, expendido y dirigido a población mayor de 18 años” y “este producto no debe ser consumido por los niños, mujeres embarazadas o en estado de lactancia”. La propuesta está disponible para comentarios en el sitio web de Minsalud y recibirá observaciones hasta el 20 de noviembre, en el correo: gcifuentes@minsalud.gov.co.
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