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Programa de enajenación de las acciones de la Nación emitidas por Isagén es una actividad administrativa no discrecional (5:04 p.m.)

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18 de Febrero de 2010

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El Consejo de Estado indicó que la enajenación de la propiedad accionaria del Estado no se rige por la Ley 80 de 1993, pero está sometida a un régimen especial previsto en la Ley 226 de 1995. Por ello, no es cierto que el proceso de venta de acciones esté regido por el derecho privado y sometido a una suerte de libérrimo despliegue de la autonomía negocial y que el reglamento de venta y adjudicación de acciones sea asimilable a los pliegos de condiciones. Con estos argumentos, la Sección Tercera concluyó que las medidas adoptadas por el Gobierno en el programa de enajenación de las acciones emitidas por Isagén S. A. ESP de propiedad de la Nación y de la Financiera Energética Nacional (FEN), dentro del proceso de reestructuración del sector eléctrico, son actuaciones administrativas.

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