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Procuraduría pide declarar constitucional norma del Código Civil que impide suspender prescripción a favor de incapaces4 (9:35 a.m.)

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03 de Marzo de 2014

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La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que declare exequible la norma del Código Civil que impide que la suspensión del término de prescripción extraordinaria corra a favor de incapaces y entre quienes administran patrimonios ajenos como tutores, curadores, albaceas o representantes de personas jurídicas, incluyendo a los demás establecidos en el artículo 2530 (artículo 2532 del Código Civil (modificado por el artículo 6° de la Ley 791 del 2002)). A juicio del Ministerio Público, no se vislumbra la supuesta discriminación negativa a personas que se encuentran en imposibilidad absoluta de proteger su patrimonio, como lo aduce el demandante, en el caso de los secuestrados; el concepto resalta que la Ley 986 del 2005 suspende los términos por todo concepto a favor de este tipo de personas, durante el tiempo que dure su cautiverio. En el caso de los incapaces, dice, la Ley 1306 de 2009 ofrece las suficientes garantías que requieren las personas que padecen enfermedades mentales, toda vez que allí se consagra el régimen de los incapaces emancipados. La ponencia será proyectada por la magistrada María Victoria Calle.

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