Procedimiento legislativo especial para la paz (´fast track´) Este sería el Estatuto de la Oposición de Colombia (4:01 p.m.)
26 de Abril de 2017
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Nota:
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Hace un par de semanas, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en último debate el proyecto de ley por medio del cual se crea el Estatuto de la Oposición y ayer se dio a conocer el que sería el texto definitivo de la iniciativa, luego de la conciliación de los documentos aprobados por las plenarias. La comisión accidental decidió acoger en gran parte el texto aprobado en último debate. Así, se hace una remisión directa al régimen sancionatorio de la Ley 1475 del 2011 si dentro del mes siguiente al inicio de Gobierno las organizaciones políticas no se declaran en oposición, en afinidad con el Ejecutivo o como independientes. Esta declaración aplicaría tanto para el nivel nacional como para los niveles regionales, y gozarán de los siguientes derechos: financiación adicional para el ejercicio de la oposición, acceso a los medios de comunicación social del Estado o que hacen uso del espectro electromagnético, acceso a la información y a la documentación oficial, derecho de réplica, participación en mesas directivas de plenarias de las corporaciones públicas de elección popular, participación en la agenda de las corporaciones públicas, garantía del libre ejercicio de los derechos políticos, participación en la Comisión de Relaciones Exteriores, derecho a participar en las herramientas de comunicación de las corporaciones públicas de elección popular y derecho a una sesión exclusiva sobre el plan de desarrollo y presupuesto. Así, las organizaciones declaradas en oposición tendrán una partida adicional para el Fondo Nacional de financiación política, equivalente al 5 % del monto del financiamiento del funcionamiento permanente de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica. El texto conciliado conservó la creación de la Procuraduría delegada para la protección de los derechos políticos y de la oposición. Conozca el texto completo de la iniciativa en el documento adjunto a la presente nota.
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