Presidente de la República debería establecer qué autoridad es competente para delimitar playas y terrenos de bajamar: Consejo de Estado (3:39 p.m.)
17 de Diciembre de 2014
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Nota:
98690
El Consejo de Estado conceptuó que la Dimar no está facultada para adelantar esta labor. Su competencia, aclaró, se limita a elaborar los mapas de los bienes de uso público presentes en esas zonas, a través de líneas de georreferenciación u otro método científico viable. Para la Sala, no existe una norma que establezca claramente qué autoridad está facultada para adelantar la señalada delimitación, por cuanto prevé que el Presidente de la República podría establecerlo a través de un decreto, con base en el artículo 43 de la Ley 489 de 1998, que autoriza al Gobierno a organizar sistemas administrativos con miras a la regulación de relaciones entre entidades estatales y los particulares (C. P. Augusto Hernández).
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