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Plantean test de proporcionalidad para fijación de agencias en derecho en lo contencioso administrativo (9:23 a.m.)

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18 de Agosto de 2016

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La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura ha establecido, a través de diferentes acuerdos, las tarifas y los factores que deben tenerse en cuenta al momento de fijar las agencias en derecho. La naturaleza, calidad y duración de la gestión ejecutada por el apoderado, la cuantía de la pretensión, la idoneidad de la actuación, la capacidad económica del interesado, la importancia de la gestión encomendada pueden ser los factores más importantes en esta materia. Pero un auto de ponente de la Sección Tercera del Consejo de Estado sostuvo recientemente que los anteriores parámetros no son los únicos a los cuales se debe sujetar el operador judicial para la imposición de las agencias en derecho, pues indicó que estos solo atañen a valoraciones precisas de la actuación adelantada por las partes en el proceso. Precisó que no debe perderse de vista que en cualquier clase de decisiones jurídicas debe considerarse la razonabilidad de esta, que no solo se agota con la simple aplicación lógica y formal de la norma, sino que supone velar porque la decisión en el caso concreto consulte criterios de justicia material y no devenga en irrazonable, desproporcionada o contraria a la Constitución. Vale la pena recordar que en los procesos tramitados en segunda instancia ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo el Consejo Superior fijó la tarifa con cuantía “hasta el 5 % del valor de las pretensiones reconocidas o negadas en la sentencia”. De acuerdo con todo lo anterior, el despacho propuso un test de proporcionalidad para la fijación de las agencias en derecho, el cual tiene una división tripartita, a saber: idoneidad; necesidad y proporcionalidad en estricto sentido (C.P. Jaime Santofimio, despacho encargado).

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