Piden declarar inexequible norma del Código Civil que regula domicilio en Colombia de condenados a destierro (10:05 a.m.)
01 de Septiembre de 2014
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Nota:
62981
La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que declare inexequible la norma del Código Civil que establece que quien es condenado al destierro u otra determinación que lo aleje de su lugar de domicilio podrá conservarlo mientras allí resida su familia y se mantenga su asiento principal de negocios (inciso 2º del artículo 81). Indicó que, en la Sentencia T-523 de 1997, la propia Corte hizo referencia a la imposibilidad de que se prohíba el ingreso a los territorios de los que los ciudadanos son nacionales, en cumplimiento del artículo 93 de la Constitución, que obliga al Estado a incorporar a su ordenamiento los tratados internacionales de los cuales es parte. Esa providencia recuerda el artículo 9º de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el 12 de la Convención Americana. La ponencia será proyectada por el magistrado Mauricio González.
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