Participación de consejos territoriales de planeación en asignación de licencia ambiental llega a primer debate (10:35 a.m.)
21 de Octubre de 2016
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Nota:
122981
Ante la Comisión Quinta del Senado fue presentada la ponencia para primer debate del proyecto de ley que crearía la licencia ambiental para exploración minera y de hidrocarburos y que abre un espacio de participación a los consejos territoriales de planeación en materia ambiental (CTPMA). La iniciativa está compuesta por cinco medidas que lograrían la participación activa y eficaz de la ciudadanía en materia ambiental, en conjunto con una propuesta adicional en materia minera. Así las cosas, se propone i) reestablecer la licencia ambiental para la etapa de exploración minera y de hidrocarburos, pues es una de las 45 recomendaciones ambientales que presentó la OCDE a Colombia; ii) se establece un principio general ambiental según el cual se garantiza, en primer lugar, la participación activa y eficaz de las comunidades y entidades territoriales en la toma de decisiones ambientales y, en segundo lugar, se establece una obligación a cargo del Gobierno nacional en el sentido de garantizar que el procedimiento de participación sea previo y obligatorio para el otorgamiento de licencias ambientales para los proyectos, obras o actividades sujetos a estas; iii) se propone que la participación de la ciudadanía y la autoridad territorial en la toma de decisiones que tienen el potencial de afectar ambientalmente su territorio se dé a través de los CTPMA, en el marco del proceso de licenciamiento ambiental, en lo concerniente a las medidas de protección al ambiente contenidas en los estudios de impacto ambiental de los proyectos mineros o de hidrocarburos; iv) se consagra un procedimiento específico que determina la necesaria participación de los CTPMA en el proceso de licenciamiento ambiental de todo proyecto que requiera este tipo de autorización. Así, una vez radicado el estudio de impacto ambiental en la alcaldía municipal y en el consejo territorial de planeación de la jurisdicción donde se pretenda realizar el proyecto, este último convocará dentro de los 15 días siguientes a una audiencia pública ambiental. Una vez realizada la audiencia anteriormente señalada, y con los insumos e inquietudes de la audiencia, el CTPMA tendrá 15 días para emitir un informe de recomendaciones y observaciones respecto del estudio de impacto ambiental, o instrumento que haga sus veces, ante la autoridad competente para el otorgamiento de la licencia; v) por último, se fija la competencia de los CTPMA para que hagan veeduría a los estudios de impacto ambiental. En caso de ser aprobada, la iniciativa pasará a estudio de la plenaria, en segundo debate.
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