Ordenan al Ejército garantizar tratamiento a exuniformado desvinculado del servicio luego de su secuestro (9:45 a.m.)
08 de Marzo de 2013
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Tras hacer un llamado de atención a los consejos seccionales de la judicatura para que se defienda con mayor rigor el derecho a la dignidad humana en acciones de amparo constitucional, el Consejo Superior le ordenó a la Unidad de Sanidad del Ejército garantizar la atención en salud a un exuniformado que, padeciendo secuelas síquicas a causa de sus tres años de secuestro, fue desvinculado del servicio sin derecho a tratamientos médicos. El llamado de atención obedece a que, en primera instancia, el juez se limitó a condenar a la accionada por no contestar un derecho de petición dentro del límite que establece el artículo 14 del Código Contencioso, para que se le brindase tratamiento médico, sin observar con detenimiento que el tutelante estaba padeciendo la vulneración de sus derechos a la salud y la dignidad humana. “Si el Estado vuelca su actividad hacia la protección de la dignidad humana de las personas (…), se estaría evitando la cascada de quejas y potenciales demandas ante organismos internacionales”, sostuvo la Sala frente a las respuestas negativas de la Unidad de Sanidad, recordando que los padecimientos del militar (r) obedecían a su secuestro por tres años, que se produjo tras una toma guerrillera que originó la muerte de 60 soldados y la retención irregular de 153 más (M. P. Wilson Ruiz).
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