15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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No hacer efectivos títulos judiciales retenidos no exime de responsabilidad disciplinaria (2:16 p.m.)

21 de Enero de 2014

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Nota:
94143
Según la Corte Suprema de Justicia, en las demandas de declaración de pertenencia el actor tiene la libertad de acogerse o no al procedimiento verbal especial de la Ley 1561 del 2012. Ello porque el artículo 26 de esta norma indica que el accionante puede optar por este mecanismo. A juicio del alto tribunal, el nuevo procedimiento verbal para la titulación de inmuebles no solo no ha derogado la regulación de las declaraciones de pertenencia fijada en el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil sino que tampoco ha fijado reglas para todos los procesos de esa naturaleza. Indicó que se trata de un procedimiento expedito que busca, principalmente, facilitar el acceso a la tierra de campesinos y desplazados, pero que “no es impositivo sino permisivo” (M. P. Ariel Salazar).

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