Modifican régimen de las asociaciones público privadas
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29 de Abril de 2021
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El Gobierno expidió el Decreto 438, del 28 de abril del 2021, por medio del cual se modifica el título correspondiente a la reglamentación de las asociaciones público privadas (APP), establecida en el Decreto 1082 del 2015. En esta oportunidad, los cambios están relacionados con el derecho a retribuciones en proyectos de APP con unidades funcionales; desembolso de recursos públicos; aportes del estado diferentes a los desembolsos de recursos públicos; valor del contrato en dichos proyectos de iniciativa pública; condiciones para la presentación de iniciativas privadas; etapa de prefactibilidad; registro único de asociaciones público privadas (Ruapp); evaluación de la etapa de prefactibilidad y respuesta; etapa de factibilidad; evaluación de la etapa de factibilidad y respuesta y tiempo mínimo de duración de la publicación. Las modificaciones a los artículos 2.2.2.1.3.1., 2.2.2.1.5.1. y 2.2.2.1.5.5 aplicarán únicamente a aquellas iniciativas privadas que sean presentadas en etapa de factibilidad para evaluación de la entidad competente, en los términos del artículo 16 de la Ley 1508 del 2012, a partir de los 15 meses siguiente a la publicación de esta nueva norma en el Diario Oficial.
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