Mintic tiene competencia para investigar excesos de concesionarios de radiodifusión sonora (4:00 p.m.)
90093
23 de Julio de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Consejo de Estado concluyó que es el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic) y no la Agencia Nacional del Espectro (ANE) la entidad competente para investigar administrativamente presuntos excesos de parte de concesionarios de radiodifusión sonora. La determinación obedece a que el artículo 60 de la Ley 1341 del 2009 consagra en la cartera la inspección, control y vigilancia de los espacios de radiodifusión y el artículo 63 le atribuye facultades sancionatorias en la materia. El concepto precisa que la capacidad de verificación en el cumplimiento de parámetros técnicos, conferida a la ANE por el artículo 26 de la misma ley, se concreta en inspecciones que se adelantan a través de visitas, pero la entidad no goza de la facultad investigativa y sancionatoria de la cartera referida (C. P. William Zambrano).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!