Mantienen orden para construir parque recreativo en Cartagena, costeado y administrado por Hotel Hilton (3:41 p.m.)
28 de Octubre de 2014
Reproducir
Nota:
98085
Al precisar que el principio de confianza legítima no implica la imposibilidad de modificar situaciones a partir de las cuales se reconozcan determinados beneficios, el Consejo de Estado ratificó la validez del fallo por medio del cual ese alto tribunal le ordenó al hotel Hilton de Cartagena (Bolívar) construir un parque recreativo, como medida resarcitoria por la ocupación irregular de terrenos arrebatados al mar, en los que levantó distintas edificaciones; contrario a ello, encontró que no existía claridad en torno al inicio del plazo de tres años otorgado y optó por establecer la ejecutoria de este fallo de tutela como el punto de partida. Aclaró que la defensa del mencionado principio no protege derechos adquiridos, sino meras expectativas, y que este no implica la prohibición para la introducción de modificaciones, sino la seguridad de que estas no se van a producir intempestivamente. Así, concluyó que pese a que la ahora tutelante hubiera recuperado los terrenos en los que construyó (que hacían parte del mar), con base en una decisión legítima de la administración, ello no suponía que hubiese adquirido sobre ellos el derecho de dominio y tampoco lo evidencian así actuaciones demostrativas de parte suya, como el pago de impuestos, pues se trataba de espacio público indebidamente utilizado. Además, dice, la acción popular por medio de la cual se originó el cambio de estado de cosas no se produjo de manera intempestiva, sino que fue el resultado de una actuación judicial iniciada hace 12 años. La magistrada Carmen Teresa Ortiz salvó el voto (C. P. Martha Teresa Briceño).
Opina, Comenta