Magistrado Gabriel Eduardo Mendoza salva voto en desacuerdo entre Corte Constitucional y Consejo de Estado (2:30 p.m.)
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14 de Agosto de 2013
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Tras la decisión de la Corte Constitucional de mantener su decisión de revocar un fallo del Consejo de Estado que había declarado la inexistencia jurídica de una cláusula arbitral, el magistrado Gabriel Eduardo Mendoza salvó el voto y sostuvo que la regla general debe ser la de respetar la competencia del juez ordinario, más si se trata de un órgano de cierre. Añadió que el juez de tutela no puede sustituir la competencia del operador ordinario, menos si hay disponibles otros recursos para atacar la decisión. Para él, era necesario acceder a las pretensiones de sus colegas del Consejo de Estado, Gustavo Gómez, Mauricio Fajardo y Enrique Gil, de decretar la nulidad y que fuese la Sala Plena la que resolviera el asunto, no una sala de revisión. Ello, precisa, en aras de atenuar “el desgaste pernicioso que supone el denominado ‘choque de trenes’”. Como se recordará, la tutela revocó la decisión en la cual el contencioso desconoció la cláusula que le permitió a un tribunal de arbitramento actuar y anular un contrato para la ampliación y mejoramiento de las instalaciones educativas en el sur de Bogotá.
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