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Los internos de establecimientos carcelarios tienen libertad para poseer material pornográfico (4:57 p.m.)

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07 de Mayo de 2010

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El Consejo de Estado suspendió provisionalmente una norma contenida en una resolución del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) en la que se prohibía el ingreso y tenencia de material pornográfico por parte de los internos del Establecimiento de Alta y Mediana Seguridad de La Dorada (Caldas). Según el alto tribunal, el acto acusado excedió las facultades que la ley y la Constitución le asignan al Inpec. Además, en la sentencia C-184 de 1998, esta prohibición fue declarada inexequible, pues las limitaciones a los derechos de los reclusos deben tener como finalidad el cumplimiento de la pena impuesta y no impedir el ejercicio de gustos y aficiones. De esta forma, concluyó que los internos de un establecimiento carcelario tienen libertad para poseer material pornográfico (C.P. Marco Antonio Velilla Moreno).

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