Juez contencioso puede dictar sentencia de remplazo frente a fallo disciplinario (9:55 a.m.)
27 de Marzo de 2014
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Nota:
95739
El Consejo de Estado determinó que es posible emitir una sentencia de remplazo a una sanción disciplinaria a partir del control jurisdiccional que adelanta el juez contencioso frente a esta labor administrativa. Con esos argumentos, redujo a dos meses de suspensión la sanción de destitución e inhabilidad de 10 años que se le había impuesto a un policía. Ello porque el artículo 187 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) permite al operador establecer disposiciones nuevas de remplazo, modificar o reformar la decisión, dice la providencia. Según la corporación, la determinación fue desproporcionada, pues la conducta no podía ser endilgada a título de dolo; en su criterio, no se evidenció que el sancionado tuviera la intención deliberada de cometer una falta y no se consideraron otros elementos que indican que la violación al CDU se produjo en calidad de culpa grave (C. P. Gustavo Gómez).
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