"Intervención del Ministerio Público en procesos contencioso administrativos es ""principal y relevante"", señaló el Consejo de Estado (9:32 a.m.)"
29 de Octubre de 2012
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Nota:
83675
El Consejo de Estado reiteró su jurisprudencia sobre la facultad del Ministerio Público para intervenir e impugnar las providencias proferidas por la jurisdicción de lo contencioso administrativo, informó la Procuraduría General de la Nación. El alto tribunal recordó que la participación del Ministerio Público en los procesos judiciales refleja el ejercicio de una función constitucional “autónoma e independiente”, que tiene por objetivo el control de la actuación pública. De igual manera, indicó que, de acuerdo con el Nuevo Código Contencioso Administrativo, puede ostentar dos calidades: la de parte o la de sujeto procesal especial que con total independencia y autonomía de las partes defiende los principios de legalidad, prevalencia del interés general, protección y garantía de los derechos fundamentales de las personas que intervienen en los procesos. Finalmente, la corporación advirtió que no es posible asimilar la labor encomendada a la Procuraduría con la actividad que desarrolla la nueva Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, por cuanto la primera tiene el carácter de ser sujeto procesal especial
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